Los Artículos 168 al 170 del CST regulan los recargos por trabajo suplementario: hora extra diurna (25%), hora extra nocturna (75%), trabajo dominical o festivo (100% adicional). Maximo 2 horas extra diarias.
Preguntas Frecuentes
?Cual es el recargo por hora extra diurna en Colombia?
La hora extra diurna (entre las 6 am y las 9 pm) tiene un recargo del 25% sobre el valor de la hora ordinaria. Es decir, se paga al 125% del valor de la hora normal.
?Cuantas horas extra se pueden trabajar al dia en Colombia?
El CST permite máximo 2 horas extra diarias y 12 horas semanales. El empleador debe obtener autorizacion del Ministerio del Trabajo si requiere exceder este limite.
?Como se calcula el trabajo en domingo con horas extra?
Si trabajas horas extra en un domingo o festivo, se suman los recargos: el recargo dominical del 75% (Art. 171 CST) mas el recargo por hora extra correspondiente. El total puede alcanzar hasta el 200%.