La Bonificación Extraordinaria está regulada por la Ley Nº 29351 y la Ley Nº 30334, las cuales disponen el pago de un 9% (EsSalud) o 6.75% (EPS) adicional de forma directa al trabajador sobre sus gratificaciones de Julio y Diciembre.
Preguntas Frecuentes
¿Cuándo se paga esta bonificación extraordinaria en Perú?
Se paga de forma conjunta con la gratificación ordinaria de Fiestas Patrias (julio) y Navidad (diciembre).
¿Cuánto es el porcentaje de la bonificación de ley?
Es del 9% del monto de la gratificación si estás asegurado en EsSalud, o del 6.75% si cuentas con una EPS privada contratada.
¿Esta bonificación está sujeta a impuestos o descuentos?
No, la bonificación extraordinaria es de carácter no remunerativo y está completamente libre de aportes de AFP/ONP e Impuesto a la Renta de Quinta Categoría.