Los Artículos 67 al 69 del Codigo del Trabajo regulan las vacaciones: 15 días habiles base, aumentando 1 dia adicional por cada 3 años de servicio, sin exceder de 20 días habiles. Las vacaciones deben concederse dentro del año siguiente al período en que se causa el derecho.
Los resultados son estimados. Consulte a un profesional para un cálculo exacto de sus vacaciones según su antigüedad y contrato.